Archivos para septiembre, 2012

Uno de los mayores cuestionamientos que propone la Neurociencia, es el tema del libre albedrio. En la década de 1960, Hans Helmut Kornhuber y Lüder Deecke informan a la comunidad científica internacional sobre lo que denominaron “Bereitschaftspotential” entendido en castellano como “potencial de disposición”, un cambio de tipo eléctrico en determinadas áreas del cerebro que anteceden a la realización de un acto. En la siguiente década el grupo de científicos liderados por Benjamín Libet[1], especifican el tiempo entre la realización de una acción y el acto volitivo, que concluyó en 350 milésimas de segundo al investigar el grado de activación de áreas localizadas del cerebro al excitarlas artificialmente. El experimento constaba que los voluntarios, sujetos de investigación, movieran la articulación de la muñeca cuando ellos sintiesen el impulso de hacerlo. Previamente era preparados con electrodos en la línea media del vértex craneal en el lado contrario a su predisposición de lateralidad (zurdos – hemisferio derecho o diestros – hemisferio izquierdo),  y su desempeño seria medido por  un electroencefalograma. A pesar que los experimentos de Libet eran marcadamente deterministas, él escribió que la “opción científica,  es la negación de la teoría determinista”, porque nuestras férreas creencias también son determinantes.

De otra parte, el presidente emérito del Instituto Max Planck Institute para investigación del cerebro, Wolf Singer, publica en 2004 en Deutsche Zeitschrift für Philosophie, el artículo “Experiencia propia y descripción neurobiológica ajena – Dos fuentes de conocimiento cargadas de conflicto”[2], que trataba sobre sus investigaciones desde 1981 sobre la relación del libre albedrío con la culpabilidad, estudiada en especialidades como el derecho penal;  el autor niega categóricamente la existencia de esta capacidad decisoria desde la perspectiva neurobiológica, porque la toma de decisiones es trabajo exclusivo del cerebro. Consecuentemente, se desbaratan conceptos como “sujeto racional”, es decir, sujeto con capacidad de elección que en caso cometiese un ilícito seria sujeto de responsabilidad porque tuvo la posibilidad de elegir otro camino no transgresor.  Libet se pondría de parte de la idea que dicho sujeto no es responsable,  porque en su actuar se impusieron determinados procesos neurobiológicos participes de las facultades volitivas e intelectivas.

Cuando Peces – Barba explica sobre la libertad de elección como aquella libertad “ que nos permite escoger entre diversas posibilidades y que, junto a otros rasgos, como el lenguaje o las capacidad de abstraer y construir conceptos generales, nos distingue de los demás animales” [3], Wolf Singer desde su área respondería que,  esa idea de hombre libre se hace cada vez mas difusa, porque lo que el sujeto cuenta como “decisión libre y voluntaria no es otra cosa que la justificación posterior de cambios de estado que de cualquier forma sucederían en el cerebro, el cual no toma decisiones de forma arbitraria, sino que éstas se basan en experiencias acumuladas.” [4]

Lo anterior es un determinismo a favor de las actividades psíquicas superiores, en el caso de la determinación de culpabilidad, donde entra a tallar el tema de la libre elección, seria imposible evitar lo que hacemos, decide el sujeto en base a esos procesos neuronales detectables y con la posibilidad futura de ser  medibles y predecibles. Singer añade que aquellos que son condenados por la sociedad, no son mas que sujetos desafortunados que llegaron a la mayoría de edad con un cerebro imperfecto y con una serie de deficiencias que no le permiten adaptarse a la realidad en que viven. Lo que para Singer es una defensa del indeterminismo,  por parte de los filósofos del derecho (libre albedrio), no se sostiene de forma empírica por las reglas de la causalidad, en este caso determinismo neurobiológico.

[1] LIBET, Benjamin. “Do We Have Free Will?”. En: Journal of Consciousness Studies, 6, No. 8–9, 1999, pp. 47–57. http://www.centenary.edu/attachments/philosophy/aizawa/courses/intros2009/libetjcs1999.pdf (Consultado: 19 de junio 2012).

[2] SINGER, Wolf. “Selbsterfahrung und neurobiologische Fremdbeschreibung. Zwei konfliktträchtige Erkenntnquellen”. En: Deutsche Zeitschrift für Philosophie, núm. 2 (2004), pp. 235-255.Traducido por : Miguel Ángel Cano Paños, en: Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología (en línea). 2010,núm. 12-r5, p. r5:1-r5:32. http://criminet.ugr.es/recpc/12/recpc12-r5.pdf (Consultado: 17 de junio 2012).

[3] PECES – BARBA, Gregorio. “Sobre el fundamento de los Derechos Humanos. Un problema  de Moral y Derecho”. En: Muguerza, Javier y otros” El fundamento de los Derechos Humanos”. Debate, Madrid  1989. P. 271

[4] SINGER, Wolf. Óp. Cit., pp 3 -4.